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Autor: Human Rights Watch *

La organización Human Rights Watch presentó ayer su informe titulado “¿Por qué me quieren volver a hacer sufrir?” que documenta el costo humano de las leyes y políticas “abusivas” de Ecuador que tipifican el aborto. Este informe se elaboró a partir de investigaciones realizadas entre junio de 2019 y julio de 2020. Se concluyó, entre otras cosas, que algunos profesionales de la salud han asumido un papel más parecido al de los fiscales, dado que interrogan a las mujeres y niñas sobre su conducta, y no solo sus necesidades médicas, intentando encontrar pruebas de culpabilidad. A continuación presentamos un resumen de este impactante reporte.

LA TRAGEDIA DE SARA Y DE MUCHAS MÁS

En 2017, Sara tenía 38 años y dos hijos. Se consideraba y creía ser demasiado mayor para volver a quedar embarazada. Cuando empezó a tener un sangrado fuerte, acudió a un hospital público en Quito. Un médico le diagnosticó infección de las vías urinarias e indicó en su ficha médica que la infección había provocado un aborto espontáneo. Un médico que ingresó en el turno siguiente se hizo cargo de su atención. Empezó a interrogar a Sara por el sangrado y le preguntó si había tomado pastillas o intentado tener un aborto. La condición de Sara todavía no era estable y tenía fiebre alta; el médico llamó a la policía.

Todavía sangrando debido a un procedimiento para quitarle restos de tejido del útero, Sara, desnuda salvo por la bata que tenía puesta, y con unas pocas compresas higiénicas, fue trasladada por la policía a una unidad de detención en medio de la noche y acusada de aborto consentido, un delito contemplado por el derecho ecuatoriano. Temprano en la mañana, a Sara le asignaron a un defensor público, quien le aconsejó que se declarara culpable para recibir una pena menos severa. En pocas horas, se produjo la audiencia. Todavía con la bata del hospital, mareada y sangrando, Sara se encontró rodeada de hombres: el juez, la policía y el defensor público, mientras acataba los consejos del abogado y se declaraba culpable. Al mediodía, ya estaba camino a la cárcel de Latacunga para cumplir una pena de un año y ocho meses. Lugo de un año encarcelada, la hija de Sara se contactó con una abogada particular que pudo interponer un recurso que permitió que Sara cumpliera parte del resto de la pena fuera de la cárcel.

La historia de Sara no es excepcional. En la preparación de este informe, Human Rights Watch consultó 148 casos del período comprendido entre 2009 y 2019 en los cuales 120 mujeres y niñas, 20 acompañantes y ocho proveedores de la salud fueron procesados penalmente por aborto, incluidos 38 que cumplieron pena de prisión tras la condena o estuvieron privados de la libertad durante el juicio o antes de este. De estas personas, 33  eran mujeres y niñas, una era un proveedor de la salud y tres eran acompañantes masculinos, y a todas se las acusó o condenó por cargos relacionados con aborto. Otros tres casos implicaban a mujeres y a una niña acusadas de homicidio tras una emergencia obstétrica. Las personas condenadas cumplieron, en promedio, cuatro meses de cárcel o completaron una suspensión condicional de la pena, que a menudo incluye el requisito de realizar tareas comunitarias o asistir a terapia psicológica.

PERSECUCIÓN Y SEÑALAMIENTO ES LO QUE DEJAN LAS LEYES

En Ecuador, la criminalización del aborto tiene un efecto devastador para la vida y la salud de las mujeres y niñas que intentan obtener abortos, sufren emergencias obstétricas que se confunden con abortos o necesitan atención post-aborto tras presentarse complicaciones derivadas de un aborto inducido o espontáneo. El derecho ecuatoriano prevé penas privativas de la libertad de seis meses a dos años para las mujeres y niñas que reciben abortos o los provocan, y de uno a tres años para los proveedores de la salud que practican un aborto que se determine que está prohibido por ley, cuando se realiza con el consentimiento de la persona embarazada. Cuando el aborto se realiza sin el consentimiento de la persona embarazada, la ley establece penas de cinco a siete años de prisión.

El aborto está legalmente permitido en Ecuador en aquellos casos en los cuales está en riesgo la vida o la salud de la persona embarazada (que se conocen como “causal salud” o “aborto terapéutico”), o cuando el embarazo es resultado de una violación, conforme surge de una sentencia reciente de la Corte Constitucional del Ecuador que ha ampliado la excepción de violación sexual a todas las personas embarazadas y no solo a aquellas que tengan una discapacidad intelectual.

No obstante, las personas embarazadas enfrentan numerosos obstáculos en el acceso al aborto legal y a la atención post-aborto. Estos obstáculos incluyen el miedo a un proceso penal, la estigmatización, el maltrato por parte de profesionales de la salud y una interpretación acotada de la causal salud. Según las estadísticas más recientes disponibles del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), en 2019 hubo 911 casos en los cuales se determinó que estaba legalmente permitido el aborto. Mientras que entre 2004 y 2014, según un estudio que analiza datos públicos, hubo una impactante media anual estimada de 33.340 abortos que necesitaron atención en establecimientos de salud, pese a que las pacientes se expusieron al riesgo de persecución penal. Muchos de estos abortos no dieron lugar a causas penales pero esta posibilidad resulta problemática, sobre todo si se considera que las mujeres de sectores de bajos recursos tienen mayores probabilidades de persecución penal.

 

RG

 

LA LEY BUSCA CULPABILIZAR A LAS MUJERES

Este informe documenta el costo humano de las leyes y políticas abusivas de Ecuador que tipifican el aborto. Algunos profesionales de la salud han asumido un papel más parecido al de los fiscales, dado que interrogan a las mujeres y niñas sobre su conducta, y no solo sus necesidades médicas, intentando encontrar pruebas de culpabilidad. Esos mismos profesionales luego declaran contra ellas en el proceso judicial, a pesar de tener una obligación de confidencialidad. Algunos profesionales de la salud han realizado exámenes invasivos a mujeres y niñas que no forman una parte legítima de su tratamiento médico sin obtener su consentimiento informado o sin un fundamento legal, como el examen forense de órganos genitales.

Según los registros presentados por la Fiscalía General del Estado a Human Rights Watch, entre agosto de 2014 y junio de 2019, esta institución presentó cargos por aborto consentido en 286 casos. De estos, 122 eran cargos específicamente contra mujeres que supuestamente habían tenido un aborto. La Defensoría Pública de Ecuador informó a Human Rights Watch que, entre 2016 y 2019, brindó asistencia legal a 89 mujeres que fueron juzgadas por aborto consentido. El Consejo de la Judicatura, por su parte, indicó a Human Rights Watch que entre agosto de 2014 y junio de 2019 se abrieron 122 casos en los cuales no se llegó a una conclusión, mientras que 99 casos se habían “resuelto”, aunque el Consejo no explicó qué significaba esto.

 

RG

 

Human Rights Watch consultó las secciones disponibles de expedientes de 137 procesos por cargos penales contra mujeres o niñas, proveedores de atención de la salud o acompañantes por solicitar o facilitar el aborto consentido entre 2009 y 2019. Asimismo, revisaron los expedientes de otras 11 causas relacionadas con abortos en las cuales las organizaciones legales que asistieron a las mujeres y niñas procesadas nos transmitieron documentación. Estos 11 casos nos permitieron conocer más sobre el impacto humano de estos procesos penales. Human Rights Watch también realizó 20 entrevistas a mujeres que han sido judicializadas por aborto, proveedores de la salud, abogadas defensores y expertos en derechos de las mujeres, incluidos funcionarios públicos, exfuncionarios públicos y representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG).

Aunque este análisis no incluye el espectro completo de procesos por aborto, resulta indicativo de las tendencias en estas causas. Si se consideran también los datos cualitativos, pareciera haberse registrado un aumento en el número promedio de procesos penales tras la implementación, en 2014, de la reforma del Código Penal respecto del período inmediatamente anterior. En la gran mayoría de estos casos, el proceso era contra una mujer o niña que presuntamente se había sometido a un aborto, o incluía a una mujer o niña en tal situación.

MÁS POBRES, MÁS EXPUESTAS

La criminalización del aborto perjudica a todas las mujeres y niñas, pero no por igual. En los casos que consultó Human Rights Watch, las mujeres y niñas que viven en la pobreza tenían muchas más posibilidades de verse afectadas. Las mujeres de bajos ingresos mostraban más probabilidades de ser procesadas, incluso en casos de aborto espontáneo o cuando necesitaron atención post-aborto.

En los casos abordados por Human Rights Watch, la mayoría de las mujeres y niñas procesadas por someterse a abortos eran de regiones con presencia considerable de poblaciones indígenas o afrodescendientes, como así también jóvenes. De los 78 casos de mujeres y niñas en los cuales se pudo determinar su edad, la mayoría, 48 (el 61%), tenían entre 18 y 24 años, 16 (21%) tenían entre 25 y 29 años, 5 (6%) tenían entre 30 y 39, y 9 (12%) eran niñas de menos de 18 años. Una cantidad desproporcionada procedía de zonas rurales del país.

 

RG

 

Las mujeres y niñas sospechosas de haber intentado obtener abortos encontraron obstáculos en el acceso a representación legal de calidad, así como violaciones a sus derechos de debido proceso. Estos obstáculos y violaciones a menudo reflejaban estereotipos de género y consideraciones religiosas. Human Rights Watch también concluyó que, en los casos analizados, cuando las mujeres y niñas procesadas por abortos consentido planteaban señalamientos de violencia de género —incluso de haber sido obligadas o coaccionadas a tener un aborto—, estos no se investigaban o no se tomaban en cuenta, mientras que avanzaban las causas en su contra.

LOS PROFESIONALES DE SALUD, PRINCIPALES DENUNCIANTES

Las leyes y políticas vigentes en Ecuador disuaden a las personas que necesitan asistencia médica de intentar obtener ayuda y convierten a los hospitales en sitios inseguros para numerosas mujeres y niñas. De la documentación disponible de los expedientes que consultó Human Rights Watch, 73% de los procesos se iniciaron después de que un profesional de la salud denunciara a una paciente a la policía, violando el deber de confidencialidad de los profesionales médicos. La Constitución de Ecuador garantiza la confidencialidad de la información sobre salud de las personas con carácter de derecho fundamental; sin embargo, en la práctica el gobierno no protege este derecho.

Según el Fondo de Población de las Naciones Unidas en Ecuador, la cantidad de mujeres y niñas en riesgo de procesamiento penal es alarmante; en los ocho últimos años, la tasa de abortos inseguros aumentó un 43%. Según datos de 2019 del Ministerio de Salud Pública de Ecuador, 21.939 mujeres acudieron al sistema público de salud para obtener atención post- aborto ese año, ya sea por abortos espontáneos, abortos inducidos o abortos incompletos. Es posible que muchas otras mujeres demoren o no intenten obtener atención médica que necesitan con urgencia porque temen que se sospeche que procuraron obtener un aborto y se las denuncie a la policía.

 

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Es probable que la magnitud del problema sea mucho mayor, ya que las mujeres y niñas que postergan la atención médica, a menudo sufren infección o septicemia, y es posible que estos casos no se identifiquen como originados en una necesidad no cubierta de atención post-aborto. La criminalización del aborto, conforme lo demuestra su implementación en Ecuador, viola derechos humanos de las mujeres y las niñas reconocidos por el derecho internacional, incluido el derecho a la vida, a la integridad física y a la salud; el derecho a no sufrir tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes; la igualdad y la no discriminación; la privacidad; y el derecho a no sufrir violencia.

UN SISTEMA QUE EMPUJA A PROCEDIMIENTOS INSEGUROS

La investigación encontró que las leyes y políticas vigentes en Ecuador generan un entorno que obliga a numerosas mujeres y niñas a recurrir a procedimientos inseguros que ponen en riesgo su salud y su vida. Si bien el aborto es legal en algunas circunstancias en Ecuador, las mujeres y niñas que reúnen los criterios que les permitirían obtener un aborto conforme a la ley en Ecuador —porque su vida o su salud están en peligro o el embarazo es producto de una violación— a menudo se ven impedidas de hacerlo debido a interpretaciones muy limitadas de la misma. En la práctica, muchas personas que han quedado embarazadas como resultado de una violación no pudieron acceder a un aborto, pese a que ser obligadas a seguir adelante con un embarazo causado por una violación puede entrañar serios riesgos para la salud y el bienestar psíquico, mental y social de la persona embarazada.

Debido a lo establecido por la legislación y al clima de temor que generan las causas penales, muchas mujeres —incluidas aquellas con emergencias obstétricas o que necesitan atención post-aborto— también se han visto disuadidas de intentar obtener los servicios de atención a la salud necesarios, exponiéndose a un grave riesgo para su salud.  

Poner fin a los abortos inseguros es una prioridad urgente de salud pública y derechos humanos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que las mujeres en América del Sur, África Oriental y África Occidental tienen más probabilidades de experimentar un aborto inseguro que las de otras regiones. Se estima que los abortos inseguros son la causa del 13% de todas las muertes maternas a nivel mundial, pero representan una proporción mayor de estas muertes en América Latina (17%) y el Sudeste Asiático (19%).

El Guttmacher Institute, una organización global de investigación sobre derechos reproductivos, estimó que en 2010-2014 se produjeron 6,5 millones de abortos en América Latina y el Caribe cada año. Un memorando del Ministerio de Salud de 2017 indicó que el 15,6% de las muertes maternas en Ecuador se deben a abortos inseguros.

 

RG

 

INDEFENSAS, MAL ASESORADAS Y DESINFORMADAS

La documentación de los casos que se revisaron para este informe contenía información sobre las circunstancias de estos procesos penales. La mayoría de las mujeres y niñas procesadas fueron denunciadas por médicos. En general, los cargos fueron de “aborto consentido”, el término que se utiliza en Ecuador para distinguir los casos en los que una persona embarazada intenta conseguir un aborto de aquellos en los cuales el aborto se practica contra la voluntad de la persona gestante.

En el 58% de los casos que consultó Human Rights Watch, los defensores públicos asignados a la representación de mujeres y niñas aconsejaron a sus clientas que se declararan culpables para evitar un juicio. Una vez condenadas, después de un juicio, las mujeres y niñas recibieron condenas que incluyeron desde penas privativas de la libertad hasta la obligación de realizar terapia, prestar servicio comunitario, pagar multas o una combinación de estas sanciones.

 

RG

 

Algunas penas, como el trabajo comunitario en orfanatos, parecen haber estado orientadas a “reformar” a las acusadas. Nuestra investigación también concluye que el temor a estos procesos penales ha alentado a médicos y trabajadores sanitarios —incluidos aquellos que tratan a pacientes y a otros en funciones más administrativas— a denunciar rápidamente a sus pacientes, en violación de sus obligaciones profesionales y los derechos de las pacientes a la confidencialidad y la privacidad.

La pandemia de covid-19 y los confinamientos y restricciones que se han impuesto para contenerla han generado nuevos obstáculos a la posibilidad de que las mujeres y niñas ejerzan sus derechos sexuales y reproductivos.

URGE REGLAMENTAR EL ABORTO POR VIOLACIÓN

El 28 de abril de 2021, la Corte Constitucional del Ecuador despenalizó el aborto en todos los casos de violación, y determinó que toda persona embarazada como resultado de una violación tiene derecho a acceder a la atención del aborto no punible y no debería ser criminalizada por interrumpir un embarazo. Este es un pronunciamiento histórico que se basa en el reconocimiento de los derechos humanos, dictado en un país donde cada día siete niñas de menos de 14 años se convierten en madres, y la violencia sexual tiene un grave impacto en la salud de las mujeres y niñas.

Las consecuencias de la violencia sexual y el embarazo no deseado son múltiples y se extienden a lo largo de la vida. La sentencia de la corte representa un paso importante en la protección de los derechos humanos y la dignidad, al conceder a las mujeres y niñas que han sobrevivido a violaciones sexuales el derecho a decidir si continúan con un embarazo que es producto de un hecho de estas características. El 28 de junio de 2021, la Defensoría del Pueblo presentó un proyecto de ley para regular el aborto por violación ante la Asamblea Nacional, cumpliendo con lo exigido por la reciente sentencia. La decisión de la corte exige que la Asamblea discuta y apruebe la ley en un plazo de seis meses.

Las restricciones vigentes en Ecuador al aborto legal y seguro también suponen costos innecesarios para el sistema de salud público y privado, y restan efectividad a la respuesta estatal a la violencia sexual y otros tipos de violencia de género. Según un estudio que realizaron el Ministerio de Salud Pública, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, el Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública, UNFPAEcuador y Sendas en 2017, cada año Ecuador pierde $ 448 millones debido a embarazos no deseados. El país gasta cerca de $ 5 millones por año en brindar atención a complicaciones relacionadas con abortos inseguros. Un aborto no punible tiene un costo para el Estado de $ 160, mientras que atender las consecuencias de un aborto inseguro le cuesta al Estado $ 232.

 

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LA ALTA DEUDA SOCIAL DEL ECUADOR

El 17 de septiembre de 2019, por una diferencia de cinco votos no se aprobó en la Asamblea Nacional un intento de despenalizar el aborto en casos de violación e inviabilidad fetal. Human Rights Watch testificó durante el debate legislativo e instó a la Asamblea Nacional a tomar en cuenta el derecho internacional de los derechos humanos y las interpretaciones autorizadas sobre acceso al aborto. Específicamente, Human Rights Watch exhortó a la Asamblea Nacional a promulgar las reformas propuestas al Código Penal que despenalizarían el aborto en casos de embarazos inviables o que son resultado de actos de violencia sexual, como un paso fundamental para que el marco jurídico de Ecuador estuviese acorde con los estándares internacionales que exigen la despenalización total del aborto.

Finalmente, en su informe Human Rights Watch insta a la Asamblea Nacional de Ecuador a eliminar todas las sanciones penales para el aborto. Como paso intermedio, Ecuador debería implementar de manera cabal e inmediata la decisión de la Corte Constitucional del Ecuador que reconoce a todas las personas que queden embarazadas como resultado de una violación el derecho a un aborto no punible, y asegurar que quienes sean elegibles para un aborto legal conforme a la ley vigente puedan acceder plenamente a ese derecho.

El gobierno debe mejorar la recopilación de datos sobre salud reproductiva y materna, de manera congruente con el respeto de la privacidad de las pacientes, lo que incluye llevar un seguimiento de las muertes maternas y las lesiones originadas en abortos inseguros o ilegales. Debe cerciorarse de que todas las autoridades de hospitales, profesionales de la salud y personal del sistema sanitario reciban capacitación con respecto a las leyes, reglamentaciones y directivas aplicables sobre aborto no punible, salud reproductiva y confidencialidad de pacientes, y respondan cuando incumplan tales obligaciones.

 

(*) Organización no gubernamental dedicada a la investigación, defensa y promoción de los derechos humanos.

 

 

 

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Last modified on 2021-07-15

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