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Las reformas que plantea la Ley de Fomento Productivo se basan principalmente en la remisión de intereses, reactivación productiva y un plan de sostenibilidad a largo plazo fortalecido con incentivos a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), así como a entidades de la Economía Popular y Solidaria. Sin embargo, es claro que no existe un consenso respecto a temas relacionados con el déficit fiscal y la propia remisión de deudas. Para el presidente Lenín Moreno, gobernar con poco acuerdo en el legislativo se vuelve cada vez un desafío cuesta arriba.

Es así que tras haber sido presentado como proyecto económico urgente el 24 de mayo, y con un veto parcial planteado el 21 de junio de 2018, y dos alcances a este veto el 19 de julio y el 24 de julio, la Asamblea Nacional votó el día de ayer el informe de la  Ley Orgánica de Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal. La votación se dio en tres bloques a pedido del presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Esteban Albornoz, quien mencionó que el proyecto creará condiciones favorables para la estabilidad y el equilibrio fiscal, convirtiéndose en una normativa eficaz y coherente con la realidad nacional.

En el primer bloque y con 84 votos afirmativos, los asambleístas se allanaron a 28 objeciones enviadas por el presidente Moreno, entre las que se encuentran disposiciones generales, transitorias y una disposición derogatoria.

En el segundo grupo no hubo acuerdo en las observaciones al artículo 42, numerales 4, 5 y 7 y tres disposiciones transitorias que están relacionadas con la reglas macrofiscales y el límite del endeudamiento público, pues no hubo el número de votos necesario para aceptar el texto que planteo el Ejecutivo.

Y en el tercer bloque, con 123 votos afirmativos, la Asamblea aprobó la ratificación del numeral 6 del artículo 40 en torno a la obligatoriedad de que la Junta de Política Monetaria y Financiera fije tasas para los sectores agrícola y ganadero.

Los legisladores no pudieron ratificar el artículo 20, que establecía la obligatoriedad para que los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) se sometan a la remisión, ni el numeral 4 del Art. 36, alusivo a la devolución del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en la actividad de exportación.

 

¿Cuáles son los aspectos clave de la Ley de Fomento Productivo?

 

Remisión tributaria

  • Incentivo de pago de impuestos en litigio, o pagos atrasados con perdón del 100% de intereses y multas.
  • Beneficio generalizado para personas con sociedades con litigios o deudas en firme pendientes con seis instituciones: SRI, SENAE, Agencia Nacional de Tránsito (ANT), IESS y GAD.

Impuesto a la renta IR

  • Exenciones del pago del IR para inversiones nuevas en sectores prioritarios.
  • Eliminar el impuesto a las ganancias extraordinarias para la minería.
  • Cambio del cálculo del anticipo IR, sigue como crédito tributario y devolución excedente.
  • Exención del pago IR sobre dividendos.

Exenciones del IVA

  • Promover la construcción de viviendas sociales con nuevas inversiones exentas de IVA.
  • Seguros de desgravamen exentos, seguros y reaseguros de medicina prepagada 0% IVA.
  • Incorporación al 0% de IVA para bienes de capital agropecuarios, vehículos eléctricos, etc.
  • Devolución inmediata del IVA a exportadores.

Revisión del ISD

  • Exención del ISD a los pagos al exterior por capital e intereses.
  • Reducción gradual del ISD  a partir de 2019 desde el 5% actual.
  • Devolución del ISD a exportadores sobre dólares que entran al país.

Sector turismo

  • Servicios turísticos de hotelería podrán desarrollarse en zona especial de desarrollo económico, ZEDE con sus exenciones de IR.
  • Iniciativas para aumentar las inversiones en turismo.
Fuente: Multiplica

 

 

 

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Last modified on 2018-08-08

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